Por Jürgen Trittin, ministro federal de Medio Ambiente
El ministro federal de Medio Ambiente Jürgen
Trittin
Con la "Ley de Primacía de las Energías
Renovables (Ley de las Energías Renovables - EEG)" se ha dado un paso decisivo
para crear un abastecimiento de energía sostenible. Después de que el Parlamento
Federal Alemán promulgara la ley el 25 de febrero de 2000, el Consejo Federal la
aprobó el 17 de marzo.
Si bien la norma legal anterior - la Ley de Alimentación de Electricidad (StrEG)
- había sido exitosa, ya no podía ser mantenida. Próximamente se alcanzará el
límite de remuneración, la así llamada "tapa del 5%", y la necesidad de una
compensación suprarregional de los costos, la falta de seguridad para la
planificación y las inversiones, amén de las necesarias adaptaciones a las
normas de la UE todo ello ha hecho necesario elaborar una nueva norma legal; el
estancamiento de las inversiones en el sector de las energías renovables exige
actuar rápidamente.
La EEG reemplaza la StrEG y establece la primacía de la electricidad generada
con energías renovables en cuanto a la alimentación de la red. De esta manera,
concretiza la posibilidad de una norma que fije la primacía en la Directiva del
Mercado Único "Electricidad" de la UE. Ahora, también las empresas
suministradoras de energía pueden alimentar la red con electricidad proveniente
de energías renovables, por la que recibirán una remuneración.
La remuneración pagada de conformidad con la
EEG, que determina una cantidad fija de centavos por cada kWh, le permite
nuevamente a las empresas planificar con seguridad sus actividades. La
remuneración por instalación se pagará durante un plazo máximo de 20 años - con
excepción de las centrales hidráulicas, en vista de que su periodo de
amortización es más prolongado. Además, a contar del año 2002 hemos previsto
reducciones anuales para las centrales que desde esa fecha entren en
funcionamiento. En caso de necesidad, para las futuras instalaciones se podrá
modificar la remuneración. Las tasas fijas de remuneración no significan
abandonar los principios de la economía de mercado, sino que en las condiciones
actuales de mercado crean la seguridad necesaria para las inversiones.
Asimismo, se garantiza de forma adecuada la
existencia de todas las instalaciones actualmente en funcionamiento.
El límite de máximo 5% previsto en la StrEG que afectaba la alimentación y la
remuneración de la electricidad proveniente de energías renovables ha sido
abolido. En su lugar, ahora se ha introducido una distribución de los costos en
el ámbito nacional. Con esta norma, ya no se puede hablar de cargas. El nuevo
mecanismo de distribución significa costos adicionales de apenas 0,1 centavo por
kWh. Aunque en los próximos años se alcance el fuerte crecimiento previsto de
las energías renovables, estos costos se elevarán a solamente 0,2 centavo por
kWh. ¡Si apostamos por las energías renovables, estaremos dispuestos a asumir
estos costos!
El monto de la remuneración considera los costos. Las tasas de remuneración
diferencian entre tipo y tamaño de las centrales: hemos aumentado
considerablemente la remuneración para las instalaciones de biomasa y
fotovoltaicas. Se facultará al Ministerio Federal de Medio Ambiente para
promulgar una disposición que caracterice claramente lo que es biomasa.
Tratándose de la energía eólica, hemos
diferenciado la remuneración basándonos en un modelo referencial de rendimiento
según la ubicación de las instalaciones. Para las instalaciones eólicas
"Offshore" hemos determinado condiciones especiales: debido a sus mayores costos
específicos iniciales se les concede una tasa de remuneración que se eleva a
17,8 centavos por kWh, por un período especialmente prolongado de nueve años.
Esta tasa también regirá para las instalaciones ubicadas fuera de la zona de
doce millas marinas.
Con la limitación temporal de la remuneración, con tasas de remuneración que
consideran los costos, la diferenciación según tipos, tamaño y ubicación de las
instalaciones, con una dotación regresiva y un examen regular se han considerado
los criterios de la UE.
De esta manera, se abren grandes perspectivas
no solamente para la futura composición de nuestro abastecimiento de energía,
sino que también para puestos de trabajo cualificado y las exportaciones. El
sector de la energía eólica, pionera en Alemania, ya ha creado más de 20.000
puestos de trabajo. Con la EEG, principalmente la explotación de la biomasa
tendrá la oportunidad de desarrollar un crecimiento dinámico similar.
De esta manera, de aquí al año 2010 se podrá
reducir en aproximadamente un 3% las emisiones de CO 2 - un gas de efecto
invernadero pernicioso para el clima - solamente produciendo electricidad
recurriendo a las energías renovables. El objetivo principal de la EEG es
aumentar, de aquí al año 2010, su porcentaje en la producción de electricidad a
por lo menos el 10%.
Purificación del aire y protección del clima
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Ley de Primacía de las Energías Renovables
(Ley de las Energías Renovables - EEG)
- Detalle de las normas -
- Z II 6 - La Ley de Primacía de las Energías Renovables
(Ley de las Energías Renovables - EEG) fue promulgada el 25 de febrero de 2000 por el Parlamento
Federal Alemán en segunda y tercera lectura. El Consejo Federal la aprobó el 17 de
marzo de 2000. La enmienda de la Ley de Alimentación de Electricidad (StrEG) desembocó
en la Ley de las Energías Renovables - EEG, llevando así a la práctica la Directiva
del Mercado Único "Electricidad" (liberalización del mercado de electricidad) y la norma
prevista que otorga primacía a la electricidad proveniente de energías renovables. El
límite máximo del 5% previsto en la StrEG, así como la dependencia porcentual del
desarrollo de los ingresos medios generados por la electricidad, han sido eliminados.
Principios fundamentales / resumen:
Objetivo de la EEG:
promoción de la ampliación de las energías renovables para la producción de electricidad, como elemento central para la protección del
clima/protección del medio ambiente/desarrollo sostenible y el aumento del porcentaje de las
energías renovables en el suministro de electricidad, con la meta de, por lo menos,
duplicarlo de aquí al año 2010, cumpliendo de esta manera los objetivos de la UE y de
Alemania.
Instrumento: se establece un precio mínimo con la obligación de la empresa
su-ministradora de energía más cercana de aceptar y remunerar la electricidad de energías renovables; transferencia de las remuneraciones a los operadores de redes de
transmisión (redes de alta tensión), con la obligación general de compensar las
diferentes cargas.
Además, obligación de compra porcentual de las empresas suministradoras de energía que abastecen con electricidad a consumidores finales. De esta manera
se consigue una distribución a nivel nacional de las diferentes cargas regionales. Este
procedimiento implica un aumento medio de los costos de adquisición de electricidad para
los consumidores finales, que se eleva en la actualidad a aproximadamente 0,1
centavos por kWh. Con el fuerte incremento perseguido de las energías renovables, esa
"carga" se elevará en algunos años a sólo 0,2 centavos por kWh.
En cuanto a las remuneraciones mínimas para los operadores de centrales de
energías renovables, su monto se diferenciará considerando el tipo de las
energías renovables, el tamaño de las instalaciones y, en el caso de la energía eólica, también su
ubicación.
Mediante los montos fijos que se elevan a centavos por cada kWh transferido a
la red, y también mediante un periodo de vigencia máxima de 20 años, se consigue
seguridad para la planificación y las inversiones. De esta manera se incentivan
las inversiones en esas instalaciones. Además de mantener la meta de ampliar la explotación
de la energía eólica a un alto nivel, la EEG apunta a conseguir una dinámica
similar para la biomasa y para el despegue de las instalaciones fotovoltaicas y
geotérmicas para la producción de electricidad. Desde el año 2002 se introducirán tasas
regresivas de
remuneración
para las nuevas instalaciones que se construyan desde esa fecha. Con una
marcada diferenciación, limitación, degresión de la remuneración y el examen regular
se cumplen así las indicaciones de la Comisión Europea. Los exámenes regulares
de las tasas de remuneraciones para las nuevas instalaciones se efectuarán cada dos
años.
Detalle de las normas de la EEG:
1 Objetivo de la ley:
Primacía de las energías renovables para el abastecimiento de electricidad en vista a la protección del clima, protección del medio ambiente, desarrollo
sostenible: Aumento del porcentaje de las energías renovables en el abastecimiento de
electricidad, para por lo menos duplicarlo de aquí al año 2010.
2 Ámbito de aplicación:
Compra y remuneración de la electricidad proveniente de: